miércoles, 31 de marzo de 2010

Convenio de Estrasburgo: Definición de corrupción

El 01 de abril de 2010 entra en vigor en España el Instrumento de Ratificación del Convenio Civil sobre la Corrupción hecho en Estrasburgo el 04/11/1999. Para los países firmantes la definición de corrupción que se comparte es la siguiente:

  • Artículo 2. Definición de corrupción.
  • A los efectos del presente Convenio se entenderá por «corrupción» el hecho de solicitar, ofrecer, otorgar o aceptar, directa o indirectamente, un soborno o cualquier otra ventaja indebida o la promesa de una ventaja indebida, que afecte al ejercicio normal de una función o al comportamiento exigido al beneficiario del soborno, de la ventaja indebida o de la promesa de una ventaja indebida.

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