sábado, 31 de enero de 2009

El nuevo orden mundial: ¿Liberalismo nacionalizador?

El líder liberal demócrata británico Nick Clegg ha pedido a Gordon Brown que nacionalice sin más dilación los bancos más débiles. En días pasados el diario Telegraph aseguró que el Gobierno británico no quería nacionalizar los bancos. Ahora los titulares de prensa de The Guardian o de El País hablan de que el Gobierno de Brown nacionalizará escuelas privadas. También leemos en el Süddeutsche Zeitung que el gobierno federal alemán va a disponer las reformas legales pertinentes para posibilitar la nacionalización de los bancos con dificultades. En principio el objetivo es solucionar los problemas derivados de la crisis del Hypo Real State, el banco bávaro especializado en finanzas inmobiliarias, en el que se han inyectado ya 90 mil millones de euros para evitar su caída. Parece que la ley tendrá un alcance transitorio limitado a este año 2009. En el caso alemán, a diferencia del de las escuelas privadas británicas, parece tratarse de una auténtica nacionalización puesto que según el diario se prevén fórmulas para la expropiación de los accionistas en los casos en que no se llegue a un acuerdo. En las escuelas británicas parece más bien que entrará dinero público sin que haya expropiación.

En cualquier caso lo relevante de estas noticias es que hace muy poco tiempo en ninguno de estos grandes diarios europeos habría sido posible hablar de nacionalización sin gran escándalo, sobre todo tratándose de bancos. La doctrina imperante era la de la no-intervención pública. No se ponía en duda que cualquier gestión privada mejoraba la eficiencia y eficacia del sector que se considerase. Y la intervención pública casi era sinónimo de poca solvencia o incluso de cierta corrupción. Por el contrario, el libre mercado en libre competencia mostraba una autorregulación ejemplar, como dispuesta por una mano invisible, de tal modo que la ineficacia y la ineficiencia eran eliminadas y la corrupción quedaba minimizada dada la balanza favorable de los grandes beneficios que alcanzaban en mayor o menor medida a casi todos. Bajo ese prisma, no sólo en España sino en toda Europa occidental, la experiencia de los últimos decenios ha sido la privatización de las grandes corporaciones que antes fueron públicas. Ahora, en un lapso de tiempo mínimo, y salvo algún liberal de recalcitrante coherencia, por todas partes resulta admitida, bienvenida o exigida la intervención de fondos públicos en empresas privadas. Por la vía de los hechos se reedita el debate liberalismo/intervencionismo y se da pie, de nuevo, a inocentes preguntas: Si los Estados disponen de sus fondos para sanear grandes empresas privadas, ¿hasta qué punto deben entrar en el control de sus actividades? Si se alcanza un saneamiento, ¿es mejor dejar que de nuevo se autorregule el mercado? Si en el ámbito de las grandes corporaciones privadas los acontecimientos han sido tan críticos, ¿hasta qué punto debe cambiar nuestro concepto de la relación entre lo público y lo privado? Y una cuestión más retórica: Si es que la hubo, ¿debería salir del armario la mano invisible de Adam Smith?

jueves, 29 de enero de 2009

La percepción: Ilusiones ópticas



A nuestros sentidos llegan constantemente impresiones sensoriales. Los sentidos son los receptores de esas impresiones sensoriales a las que denominamos "sensaciones". Muchas de ellas no son percibidas. La percepción es algo complejo. La percepción sería algo así como el resultado después de que nuestro cerebro "procesa" las sensaciones que considere. La Psicología se afana por establecer una definición aceptada por todos, de modo que los psicólogos seguramente querrían borrar lo que acabamos de decir. Sea cual sea la definición correcta, lo percibido es un resultado tanto de los estímulos sensoriales recibidos como de nuestra manera de "procesarlos". Así, por ejemplo, los murciélagos son capaces de oír cosas que el ser humano no puede, aunque los estímulos del espectro electromagnético lleguen a ambos por igual. Por eso un asunto interesante es el de cómo percibimos, esto es, cómo se configura la percepción humana. Hay una serie de leyes y factores que influyen en nuestra percepción. Su estudio merece mucha atención porque configura "nuestra realidad". Ahora simplemente queremos quedarnos con las ilusiones ópticas, que son fenómenos que ayudan a entender aquellas leyes y factores. Por eso, con un poco de paciencia, se cargan los videos siguientes y pueden verse algunas recopilaciones de ilusiones ópticas divertidas:




miércoles, 28 de enero de 2009

Educación para la Ciudadanía: Sentencia del Tribunal Supremo español

Según las noticias de prensa en El País o El Mundo, el Tribunal Supremo español ha resuelto hoy en casación no reconocer la objeción de conciencia ante la materia Educación para la ciudadanía y los derechos humanos.

Como venimos diciendo, se anuncian recursos no sólo ante el Tribunal constitucional español, sino también ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. En las entradas de este blog situadas bajo la etiqueta de "Educación Ciudadanía" hemos analizado los textos legales y la jurisprudencia esencial tanto en lo relativo al Tribunal Supremo, como al Tribunal Constitucional y al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos y, por ello, salvo sorpresas, nos parece poco probable que estos tribunales sentencien a favor de la mencionada objeción. Hemos añadido también un análisis de un caso en los tribunales alemanes que resulta semejante al caso español.

Enlace relacionado:
Análisis y texto de la sentencia del Tribunal Supremo.

Educación para la Ciudadanía: Los libros de texto

Suele ocurrir que en los debates sobre cualquier asunto se mezclen muy diversas perspectivas y, a veces, se corre el riesgo de perderse en los múltiples vericuetos sin ver nunca el asunto con claridad. Conviene entonces mantener firme la capacidad analítica, dibujar el mapa de problemas que consideramos y analizarlos por partes para pasar después a volver a tener una visión de conjunto. En el caso del debate en España sobre la introducción de la nueva materia "Educación para la Ciudadanía" es necesario proceder con este método riguroso puesto que, por ejemplo, la prensa de estos últimos días hace referencia a que en las deliberaciones del Tribunal Supremo sobre la materia se estaría considerando o se debería considerar la legalidad de los libros de texto al tratar sobre el fondo jurídico de la nueva materia. En el diario El País se dice que los jueces "incluso, según algunas fuentes, podrían disponer y examinar libros de texto que aparentemente excedan del marco de la asignatura"; y en el diario El Mundo se dice que "los objetores denuncian que los textos del Ministerio hagan una diferenciación de las personas por 'género', y no por sexo, y mencionen la homosexualidad y la 'orientación afectivo-sexual' de las personas cuando explicita el objetivo de educar a los niños en la no discriminación de personas".

Pues bien, es necesario recordar que en la actualidad ningún libro de texto requiere de autorización por parte de la Administración educativa. Los centros públicos adoptarán los que consideren, en virtud de su autonomía pedagógica, y corresponde a la inspección de la Administración educativa supervisarlos para velar por que respeten la Constitución y la legislación vigente.

La Ley Orgánica de Educación actualmente vigente lo establece del siguiente modo:

Disposición adicional cuarta. Libros de texto y demás materiales curriculares.
1. En el ejercicio de la autonomía pedagógica, corresponde a los órganos de coordinación didáctica de los centros públicos adoptar los libros de texto y demás materiales que hayan de utilizarse en el desarrollo de las diversas enseñanzas.
2. La edición y adopción de los libros de texto y demás materiales no requerirán la previa autorización de la Administración educativa. En todo caso, éstos deberán adaptarse al rigor científico adecuado a las edades de los alumnos y al currículo aprobado por cada Administración educativa. Asimismo, deberán reflejar y fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y deberes constitucionales, así como a los principios y valores recogidos en la presente Ley y en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, a los que ha de ajustarse toda la actividad educativa.
3. La supervisión de los libros de texto y otros materiales curriculares constituirá parte del proceso ordinario de inspección que ejerce la Administración educativa sobre la totalidad de elementos que integran el proceso de enseñanza y aprendizaje, que debe velar por el respeto a los principios y valores contenidos en la Constitución y a lo dispuesto en la presente Ley. (Ley Orgánica de Educación)

martes, 27 de enero de 2009

Educación para la Ciudadanía: La sentencia del Tribunal constitucional alemán

El Tribunal constitucional federal alemán dicta en fecha de 15/03/2007 una sentencia que, aunque no afecta a los procesos legales que recorre la materia Educación para la Ciudadanía en España, sin embargo trata sobre un mismo fondo de pensamiento jurídico y resulta interesante ver cómo se resuelve un asunto semejante en un país miembro de la Unión Europea: la República Federal de Alemania. En esta sentencia el tribunal considera la demanda de una madre que recurre la decisión del Estado federado de Berlin de disponer en su Ley de Educación la obligatoriedad de una materia de Ética para todos los alumnos, con independencia de que voluntariamente los alumnos puedan cursar además la materia de Religión. El proceso recorre los diversos tribunales alemanes hasta llegar al constitucional, que finalmente resuelve que la materia obligatoria y común de Ética se ajusta a la Constitución alemana. Presentamos aquí la traducción de algunos fundamentos de derecho de la sentencia mencionada:

4.La materia de Ética como asignatura obligatoria sin posibilidad de darse de baja está situada junto a la materia de Religión y visión del mundo regulada en el § 13 de la Ley de Educación, que viene a ser un apoyo a la visión del mundo y religión comunitarias y en la que la participación es voluntaria. La exención de la obligación de asistir a la materia de Ética para el alumnado que va a la materia de Religión no está prevista en la Ley de Educación. Sin embargo hay en el § 46 párr. 5 p. 1 de la Ley de Educación una disposición que posibilita muy en general la exención de participar en alguna clase o acto particulares […]

28.b) La introducción de una materia obligatoria de Ética sin posibilidad de exención, así como la aceptación por el tribunal de lo contencioso administrativo de la no exención que pedía la reclamante respecto de la materia Ética, no lesionan al reclamante su libertad religiosa garantizada por el Art. 4 párr. 1 y 2 de la Constitución, y [...] tampoco su derecho a la educación de sus hijos garantizado por el Art. 6 párr. 2 de la Constitución […]
La libertad de creencia garantizada por la Constitución incluye el derecho a poder vivir y actuar según las propias convicciones y creencias […] En relación con el Art. 6 párr. 1 y 2 de la Constitución, que garantiza a los padres el derecho a los cuidados y a la educación de sus niños, también el Art. 4 párr. 1 y 2 de la Constitución les confiere la educación de los niños respecto de la religión y la cosmovisión. Por eso corresponde a los padres procurar a sus niños las convicciones relativas a sus creencias y cosmovisión […] y mantener alejados los puntos de vista no compartidos por ellos […] Los citados derechos básicos no confieren al alumnado y a sus padres ningún derecho a la equiparación de la materia de Religión con otras materias escolares.

En el Estado de Berlin, según el § 13 de la Ley de Educación, se ofrece la materia de Religión en apoyo de la religión comunitaria. La obligatoriedad de la materia de Ética no influye en los alumnos y en sus padres de una manera constitucionalmente inadmisible en el sentido de que estuvieran subjetiva u objetivamente llevados a tener alejarse de participar de las clases de Religión. Cierto es que un alumno que asiste voluntariamente a la clase de Religión temporalmente está cargado con más horas de clase que uno que se abstiene de ir (v. § 13 párr. 5 p. 2 de la Ley de Educación). La mayor carga temporal se produce por la asistencia voluntaria a Religión como materia añadida, pero es una carga comparativamente despreciable y en menor medida que con la asistencia a cualquier otra materia de asistencia voluntaria entre la oferta de materias que en la praxis escolar es amplia y habitual. Además esa minúscula mayor carga, frente a los alumnos que se limitan a asistir a las materias obligatorias, resulta independiente de que sea la Ética la que forme parte o no de las materias obligatorias.

bb) Contrariamente a la interpretación del reclamante, tampoco está forzada la reclamante según 1. a asistir en contra de la constitución a unas clases cuyo contenido contradice sus creencias.

33.(1) Puede quedar abierto si y hasta qué punto la materia de Ética en el Estado de Berlin, señalada como neutral tanto confesionalmente como respecto de la visión del mundo, en realidad afecta en particular al ámbito protegido de los derechos básicos de los reclamantes, según el Art. 4 párr. 1 y 2 así como Art. 6 párr. 2 de la Constitución. En cualquier caso se mantiene firme la decisión concernida del Tribunal Superior de lo contencioso-administrativo y la subyacente norma legal de la obligatoriedad de la asistencia a la materia de Ética sin posibilidad de exención básica como resultado de una comprobación jurídica constitucional según esos derechos básicos. […]

37.(b) Con esas bases sería tan parcial que una materia obligatoria se orientara en la convicción de una determinada creencia como poco admisible es un aislamiento de los alumnos de las posiciones morales y éticas que son representativas en la sociedad. La apertura ante una diversidad de opiniones e interpretaciones es condición constitutiva de una escuela pública en una comunidad libre y democráticamente conformada. Cuando el legislador del Estado federado busca, en pos de la concordancia práctica, un cuidadoso equilibrio entre los derechos de los alumnos y padres […] y la misión educativa del Estado […], puede contrarrestar a la vez la aparición de “sociedades paralelas” motivadas por una determinada visión del mundo o religión y tratar así de conseguir la integración de las minorías. La integración no implica solamente que la mayoría, modelada según una visión del mundo o religión, no excluya cualquier otra minoría modelada de otro modo, sino que exige también que ésta no se limite a sí misma y que no se cierre al diálogo con otros pensamientos y otras creencias. A efectos de ejercitar y practicar una intensa tolerancia puede que esto sea para el legislador del Estado federado una tarea importante de la escuela pública. La disposición de todos los alumnos hacia la tolerancia y el diálogo es una condición básica para la posterior participación, no sólo en el proceso de la formación de la voluntad democrática, sino también para la convivencia próspera en mutuo respeto también de las convicciones y las visiones del mundo […]. A los Estados federados corresponde una amplia y sustantiva libertad en la formación y en la determinación de la organización escolar, los principios educativos y el currículo […]. Por eso en los enjuiciamientos constitucionales de las normas escolares de los Estados federados se exige la moderación.


38.c) Los alumnos y sus padres no pueden exigir una configuración de las materias según la cual los niños queden completamente al margen de tratar con corrientes de creencias o puntos de vista que les sean extraños. Una sociedad que ofrece espacio a diferentes convicciones no concede tal derecho, Art. 4 párr. 1 de la Constitución […] Así pues no hay nada que decir en contra cuando la escuela en el marco de la materia de Biología informa de la teoría de la evolución y circunscribe la historia de la creación a la materia de Religión, o en el marco de los conocimientos de la educación sexual informa acerca de enfermedades de transmisión sexual y sobre métodos anticonceptivos, aunque en último termino según los principios de algunas comunidades religiosas sean estas manifestaciones más bien nada o poco deseables [...]


40.(3) La materia de Ética sin posibilidad de exención para los alumnos religiosos no atenta tampoco contra el Art. 4 párr. 1 y 2 así como el art. 6 párr 2 de la Constitución ni contra el precepto de la proporcionalidad, porque la actual oferta de la materia de Religión para los alumnos religiosos sería igualmente un adecuado “medio blando” para alcanzar los fines escolares […]

42.La materia de Ética en su concreta conformación persigue aquí la formación en una cultura de la comunicación dialógica, en el consenso que se intenta y en el disenso que se acepta y se lleva bien (v. párrafo 2.2 del marco curricular de la materia Ética). Además tienen especial relevancia la posibilidad de los cambios de perspectiva, de los diferentes mundos de experiencia y de la empatía (v. párrafo 2..2 del marco curricular). Se pretende por lo tanto que los alumnos de diferentes religiones y cosmovisiones interactuen sobre cuestiones acerca de valores. A la vista de estos objetivos curriculares el legislador del parlamento de Berlin puede en efecto entender que, con una separación de los alumnos según cada corriente de creencias y una clase de Religión repartida y separada así como el desdoblamiento de los contenidos de enseñanza en diversas otras materias o con la posibilidad de la exención de una materia de Ética, podría posiblemente no ser tan alcanzable el objetivo perseguido en el Estado de Berlin como con una materia obligatoria y común de Ética. […]

Esta decisión es irrecurrible.
(Sentencia 2780/06 del Tribunal constitucional federal alemán).

En estos momentos en España se espera la sentencia del Tribunal Supremo sobre los diversos recursos que han sido elevados al mismo tras sentencias contradictorias de diversos Tribunales Superiores de Justicia. de diferentes Comunidades autónomas. Sea cual sea el resultado de la sentencia del Tribunal Supremo, se ha anunciado que se elevará recurso a nuestro Tribunal Constitucional, y cabrá incluso el recurso al Tribunal Europeo de los Derechos Humanos. Pueden consultarse nuestros anteriores análisis al respecto.

jueves, 22 de enero de 2009

Shalámov: Relatos de Kolimá

“El camino está abierto. Por él puede ir gente, convoyes de trineos, tractores. […]
Y sobre los tractores y a caballo no viajan los escritores, sino los lectores.”

En el juego de antagonismos entre el individuo y la sociedad, juego pretendidamente “beneficioso” según Kant, hay individuos tan maltratados por la sociedad que para ellos el “beneficio” puede haber quedado muy lejano. Queda por ver si la sociedad se beneficia de ellos. Varlam Shalámov (1907-1982) es uno de ellos. En 1929 fue condenado a tres años en un campo de trabajo de los Urales por difundir el testamento de Lenin, crítico con la brutalidad de Stalin. En 1937 fue condenado de nuevo a cinco años de trabajos forzados en la región de Kolimá, en Siberia. Luego sería condenado de nuevo a otros díez años más en Siberia por propaganda antisoviética.
En sus relatos, Shalámov narra sus vivencias en Siberia. La degradación del individuo. El inexistente valor de la vida. Frases cortas, directas, pequeños relatos independientes que van conformando un todo. A veces cabe el humor si no fuera por lo trágico. Y , sobre todo, se siente el frío en el alma.

“No echaba en cara a los demás su indiferencia. Hacía tiempo que había comprendido de dónde venía aquel abotargamiento del espíritu, aquel frío del alma. El frío helado, el mismo frío que convertía en hielo la saliva en vuelo, había alcanzado también el alma humana. Si se podían helar los huesos, si se podía congelar o embotarse el cerebro, también el alma podía quedarse helada. En medio del frío era imposible pensar en nada. Todo era sencillo. Con frío y hambre el cerebro se alimentaba mal, se secaban las células cerebrales; se trataba sin duda de un fenómeno material, y Dios sabe si, como dicen en medicina, el proceso era reversible, semejante a la descongelación, o si las lesiones lo eran para siempre jamás. Así pues, el alma también se había helado, se había encogido y quién sabe si se quedaría así, fría, para siempre.” (Shalámov, Varlam. Relatos de Kolimá. Vol I. Barcelona: Editorial Minúscula, 2007. Pág. 28).

miércoles, 21 de enero de 2009

Kant: Idea para una historia universal en sentido cosmopolita

Uno de los temas que parece no tener fin, por más que le prestemos atención y esfuerzos, es el de la tensión entre el individuo y la sociedad. El individuo es alguien con nombre y apellidos, tiene nombre propio, es alguien a quien se puede señalar con el dedo, es un ente concreto. La sociedad está formada por individuos, pero a ella ya no se le puede señalar con el dedo, está por casi todas partes de manera indiferenciada, es un ente abstracto. En principio atribuimos sin dificultad al individuo una voluntad propia, y parece que nos resulta más difícil atribuírsela a la sociedad misma, pero a poco que lo consideremos vemos que las estructuras sociales parecen como si persiguieran ciertas finalidades, como si la sociedad dispusiera de una voluntad que en muchos casos no sólo orienta sino que puede llegar a limitar intensamente la pretendida libertad del individuo. A partir de los proyectos de los individuos y de las sociedades está hecha la política; y, desde la idea de Aristóteles de que el ser humano es “por naturaleza” un zoon politikon, hasta hoy mismo, podríamos recorrer la historia entera auscultando esa tensión entre el individuo y la sociedad.
Uno de los textos más bellos e inquietantes respecto de esa tensión es el que escribió Kant en 1784 con el título de Idee zu einer allgemeinen Geschichte in weltbürgerlicher Absicht (Idea para una historia universal en sentido cosmopolita).
Kant quiere ver si es posible pensar la historia, y comienza afirmando algo terrible; a saber, que las acciones de los seres humanos están determinadas por las leyes de la naturaleza, como si fueran objetos de la naturaleza al margen de la libertad humana, siempre y cuando consideremos “en grande” el juego de la libertad de la voluntad humana, de modo que éste sería el camino regular que nos permitiría pensar la Historia. Contemplarlo “en grande” es algo así como considerarlo estadísticamente, es decir, que lo que parece sometido a la más azarosa y caótica voluntad libre de un individuo, como por ejemplo la celebración o no de un matrimonio, luego resulta menos azaroso y más bien se convierte en una constante regular y ajena a los vaivenes bruscos cuando la consideramos “en grande”, por ejemplo en tanto que tasa de matrimonios. Kant nos deja más pensativos todavía cuando añade que tanto los individuos como los pueblos enteros no se imaginan que, buscando cada cual su propia finalidad y a menudo unos contra otros, siguen un propósito de la Naturaleza que ellos mismos desconocen. Para tratar de ver ese propósito de la Naturaleza que nos permita pensar la Historia, Kant busca una serie de hilos conductores o principios de una tal Historia. Nos interesa ahora especialmente el cuarto de esos principios. Es el principio del antagonismo. La Naturaleza perseguiría su propio propósito sirviéndose del antagonismo que consiste en la insociable sociabilidad de los seres humanos: su inclinación a formar sociedad, unida a una resistencia a la misma que amenaza permanentemente con romperla. Para Kant esta ungesellige Gesellichkeit también formaría parte de la “naturaleza humana”. Si Aristóteles decía que el ser humano es por naturaleza un “ser político”, un “ser en sociedad”, Kant introduce en la misma naturaleza humana el antagonismo de la insociable sociabilidad. La tensión entre el individuo y la sociedad se presenta de esta manera:

  • “El ser humano tiene una inclinación a asociarse porque en ese estado se siente más como ser humano […] pero también tiene una gran tendencia a individualizarse (aislarse), porque encuentra en sí mismo la cualidad insocial de querer disponerlo todo a su manera, y espera resistencia por todas partes, al tiempo que sabe que él mismo es propenso a ofrecer resistencia frente a los otros.”
Según Kant, el juego de ese antagonismo es el que permitiría al ser humano salir de la pereza en la que viviríamos si habitáramos una especie de Arcadia de pastores, tan buenos como sus borregos; y en lugar de ello el antagonismo lo arrastra a causa del deseo de honores, poder y bienes para alcanzar una posición entre sus congéneres, a los que no puede soportar, pero de los que no puede prescindir. La Ilustración permitiría pasar de un estado de rudeza a otro de cultura de tal modo que finalmente, aunque patológicamente determinado, surgiría un todo moral. El propio Kant termina dando gracias a la Naturaleza por la incompatibilidad, por la molesta y competitiva vanidad, y también por el insaciable deseo de posesiones y de dominio: 
  • "El ser humano quiere concordia, pero la Naturaleza sabe mejor qué es bueno para su especie, y quiere discordia.”
Las preguntas son pertinentes por más que las respuestas sean obvias: ¿Hemos alcanzado el todo moral en el que reinaría el imperativo categórico? Desde 1784 ¿en qué punto nos encontramos?
Nota: hay edición castellana: “Idea para una historia universal en sentido cosmopolita” en Kant, Immanuel. Filosofía de la historia. México: FCE, 1981.

miércoles, 14 de enero de 2009

La organización de la Galaxia 2.0

En La Galaxia Gutenberg, Marshall McLuhan trataba de mostrarnos la amplitud del impacto, en todos los órdenes de la vida, que supuso el paso de un alfabeto fonético al de la imprenta. McLuhan era un visionario que quiso estudiar aquel tránsito para entender mejor los cambios de su propia época: la era eléctrica. Trataba de explicarnos el hecho de que eran las propias “formas de experiencia” las que se veían transformadas con los cambios. Le preocupaba que, creyendo haber superado las corporaciones medievales, la nueva era eléctrica ponía en riesgo el individualismo moderno. Al final de su ensayo, siendo consciente de que la nueva galaxia Marconi había entrado ya profundamente en la galaxia Gutenberg, se preguntaba por el sentido de todas las transformaciones que estaban por llegar, y ponía de manifiesto el temor de las súbitas deformaciones que, como “gárgolas o figuras grotescas”, podían aparecer como “amenazadoras y malignas” a causa de "una tecnología eléctrica que parece dejar anticuado al individualismo y hacer obligada la interdependencia corporativa".
Si en 1962 McLuhan acuñó la frase de que “el medio es el mensaje”, en 2001 Manuel Castells no sólo publicó La Galaxia Internet, sino que reformuló aquella frase del modo siguiente: “la red es el mensaje”. El devenir de aquella era eléctrica de McLuhan había resultado ser Internet. Su impacto es explicado por Castells del siguiente modo:
"Internet es un medio de comunicación que permite, por primera vez, la comunicación de muchos a muchos en tiempo escogido y a una escala global. Del mismo modo que la difusión de la imprenta en Occidente dio lugar a lo que McLuhan denominó la Galaxia Gutenberg, hemos entrado ahora en un nuevo mundo de la comunicación: la Galaxia Internet. El uso de Internet como sistema de comunicaciones y como forma de organizativa, hizo eclosión en los postreros años del segundo milenio. A finales de 1995, el primer uso generalizado del world wide web, había unos 16 millones de usuarios de las redes de comunicación informática en todo el mundo. A principios de 2001, había más de 400 millones, las predicciones más fiables apuntan a 1.000 millones de usuarios para 2005 y es probable que, hacia el año 2010, rondemos la cifra de 2.000 millones, incluso teniendo en cuenta la ralentización de la difusión de Internet cuando entre en el mundo de la pobreza y el retraso tecnológico. Pero la influencia de Internet trasciende al número de usuarios, ya que lo que importa es la calidad de los usos de la red. Actualmente las principales actividades económicas, sociales, políticas y culturales de todo el planeta se están estructurando por medio de Internet. De hecho, quedar al margen de dichas redes es la forma de exclusión más grave que se puede sufrir en nuestra economía y en nuestra cultura." (Castells, Manuel. La Galaxia Internet. Barcelona: De bolsillo, pág 17).
Resulta revelador que al final de su ensayo, como McLuhan, Castells repara también en el más antiguo de los temores de la humanidad: “el miedo a los monstruos tecnológicos”. En este caso se trata de la divergencia que existe entre nuestro hiperdesarrollo tecnológico y nuestro infradesarrollo institucional y social, que requerirían al menos de una reconstrucción.
Al hilo de todo esto, y rastreando la discusión individuo/sociedad, ¿hasta qué punto se hará realidad la propuesta de Clay Shirky en Here comes everybody al respecto de que la web 2.0 permite “organizarse sin organizaciones”?

Nota:
En enero de 2009 las estadísticas mundiales de usuarios de Internet hablan de unos 1.500 millones.

martes, 6 de enero de 2009

Kant: Sobre el tópico de que eso puede que sea correcto en la teoría, pero no vale en la práctica

Nos encontramos constantemente con la afirmación de que lo importante es la práctica, la acción, y se dice también que de lo que se trata no es de tener ideas, o de pensar en exceso o “demasiado”; pues aquello de "darle vueltas a las cosas", aparte de “paralizar”, está al alcance prácticamente de todo el mundo, por lo que no tiene valor; más bien lo importante sería el actuar, el hacer, hacer “cosas”, muchas cosas, una tras otra o varias a la vez. En coherencia con esto, se suele añadir que las ideas poco o nada tienen que ver con la práctica, y que más bien son una especie de “filosofía” abstracta lejana a la realidad. Pareciera como si para algunas personas la acción fuera como un bálsamo tranquilizador de sus conciencias, especialmente cuando concluyen que es mucho mejor hacer “cosas”, las que sean, aunque algunas estén desencaminadas, que estar pensando sin hacer nada.
Sin embargo, es difícil encontrar un sentido a dicho actuar supuestamente huérfano de ideas. Por lo demás, no se trata de una orfandad real, sino méramente pretendida. Toda acción tiene tras de sí una idea, tiene un sentido, incluso lo tiene la inacción, como ya aprendimos con Max Weber. Pero seguramente para estas personas las ideas que gobiernan su acción o son ideas públicamente inconfesables o simplemente desconocen las ideas que les gobiernan. Así pues, no es cierto que las ideas no tengan valor. Es más, tienen un valor “práctico” de primer orden, puesto que son ellas las que dan el sentido y orientan en el hacer, sin lo cual corremos el riesgo de caminar sin movernos, o caminar hacia donde otros quieren, o caminar en dirección opuesta a donde querríamos hacerlo.
Seguramente podríamos añadir otras muchas consideraciones pero como sobre todo este asunto, que se resume en la cuestión de si las ideas (teoría) sirven o no para la acción (práctica), ya Kant nos facilitó convenientes reflexiones las cuales incluso van un poco más lejos de lo que aquí se ha dicho, parece pertinente recomendar la lectura de su opúsculo de 1793 titulado: Über den Gemeinspruch Das mag in der Theorie richtig sein, taugt aber nicht für die Praxis. (Existe versión castellana: "En torno al tópico: Tal vez eso sea correcto en teoría, pero no sirve para la práctica”. En Kant, Immanuel. Teoría y Práctica. Madrid: Tecnos, 2002).
El pequeño escrito comienza con una pequeña introducción para dejar claros algunos conceptos, a continuación trata primero la relación entre la teoría y la praxis especialmente en el ámbito moral, en segundo lugar considera la relación entre la teoría y la praxis en el ámbito del derecho político (entendiendo por "derecho", por ejemplo, no un hecho, una cosa, sino una idea con dimensión práctica); y, finalmente, en tercer lugar, se centra en la relación entre la teoría y la praxis en el ámbito del derecho internacional.

lunes, 5 de enero de 2009

Jorge Semprún: La escritura o la vida

 

Entre 1988 y 1991 Jorge Semprún fue Ministro de Cultura del Gobierno de España que presidió Felipe González, pero no descubrí al autor hasta 1994 cuando tuve la fortuna de conectar casualmente la radio en Alemania y escuchar la entrevista radiofónica que se le hacía con ocasión de la recepción del Premio de la Paz de los libreros alemanes. Para mi sorpresa, llena de ignorancia, Semprún hablaba alemán y era premiado en Alemania. Al día siguiente viajé a Strasbourg y encontré en la estupenda Librairie  Klèber uno de sus libros citados en la entrevista: L'écriture ou la vie. El tema central del libro tiene que ver con su experiencia en el campo de concentración nazi de Buchenwald, pero es una auténtica aventura literaria que también se atreve a traspasar las fronteras de la filosofía, con la presencia de Kant, das radikal Böse, y también con la de Goethe. De la mano de Semprún hice mi primera visita a Weimar buscando con la mirada las colinas de Buchenwald ya desde Nohra. ¡Allí está! La visita es trágica, pero me dejo llevar por Semprún también hasta la biblioteca del campo. Amablemente recibo el permiso de consulta. La filosofía idealista alemana está presente en la biblioteca. Después también Goethe y Nietzsche serían homenajeados, así como el hotel Elephant. Incluso hubo una siesta junto al Ilm, como tal vez hiciera el teniente Rosenfeld o Rosenberg.
  • Mais l'enjeu ne sera pas la description de l'horreur. Pas seulement, en tout cas, ni même principalement. L'enjeu en sera l'exploration de l'âme humanine dans l'horreur du Mal... Il nous faudra un Dostoïevski!(Semprún, Jorge. L'ecriture ou la vie. Paris: Gallimard, 1994, pag. 170).
Dedicatoria de Semprún (Bruselas, 2010).

Sobre el mismo tema, y añadiendo nuevas perspectivas, Jorge Semprún escribió Le Mort qu'il faut. Paris: Gallimard, 2001.