El 10.07.2012 se dio a conocer el acuerdo titulado "Spain: Memorandum of Understanding on Financial-Sector Policy Conditionality. July 2012 que prevé la ayuda para la reestructuración del sistema bancario español. El acuerdo está previsto que se firme el próximo 20.07.2012.
En lo que sigue extraemos lo más importante del acuerdo.
Se establecen condiciones tanto para los bancos como otras horizontales y que afectan al Estado. España deberá ser examinada por la Comisión Europea (CE), por las medidas que adopte el Banco Central Europeo (BCE), no incluidas en este memorandum, y se solicitará el asesoramiento del Fondo Monetario Internacional (FMI).
Una documentación más extensa se puede encontrar en la considerada por el parlamento alemán para ya aprobación de la ayuda financiera a España prevista por el MoU.
1. El 25.06.2012 España requiere ayuda financiera externa para la recapitalización del sector bancario a través del EFSF. El 29.06.2012 la cumbre de la Eurozona especifica que se realizará vía ESM cuando esté operativo este mecanismo.
- II. Recientes acontecimientos económicos y financieros y previsión.
2. "España registró un largo período de fuerte crecimiento que estuvo, en parte, basado en una explosión de la demanda doméstica de créditos. Tipos de interés muy bajos provocaron la acumulación de elevados desequilibros doméstico y exterior así como una burbuja inmobiliaria. La aguda corrección de tal explosión en el contexto de la crisis financiera internacional condujo a la recesión y la destrucción de empleos."
3. "La deuda pública se está incrementando rápidamente debido a un persistente elevado déficit de gobierno general desde el comienzo de la crisis relacionado con la transición a un patrón de mucho menor de ingresos por impuestos."
4. "En particular, una considerable exposición a los sectores inmobiliario y de la construcción han erosionado la confianza de inversores y consumidores. Como las relaciones entre el sector bancario y soberano han crecido, ha emergido un círculo de retroalimentación negativo. Por eso la reestructuración [...] y recapitalización de bancos es clave para mitigar tales relaciones, incrementar la confianza y estimular el crecimiento económico."
5. "Con la excepción de las pocas grandes instituciones financieras internacionalmente diversificadas, los bancos españoles han perdido el acceso en términos accesibles a los mercados mayoristas de financiación. A resultas de lo cual, los bancos españoles se han hecho altamente dependientes de la refinanciación del sistema del Euro."
6. "Varios bancos españoles han acumulado un amplio stock de activos problemáticos [inmobiliarios]. La preocupación acerca de la viabilidad de algunos de esos bancos son fuente de la volatilidad del mercado."
7. "Las autoridades españolas han adoptado un número importante de medidas para corregir los problemas en el sector bancario [...] Sin embargo no han sido suficientes para aliviar la presión del mercado."
8. El objetivo principal del programa es incrementar la resiliencia del sector bancario y restaurar su acceso al mercado. Para ello es clave la clara segregación de activos dañados para reducir las dudas acerca de la calidad de los bancos.
- IV. Condiciones específicas para los bancos españoles.
9. El componente clave del programa es una puesta a punto de los segmentos débiles del sector financiero español. Estará constituido por los siguientes tres elementos:
- Identificación de las necesidades de capital bancario mediante una revisión comprehensiva de la calidad de los activos del sector bancario y de un stress-test banco a banco.- Recapitalización, reestructuración y/o resolución de bancos débiles.
- Segregación de activos en aquellos bancos que reciben apoyo público en su esfuerzo de recapitalización y transferencia de sus activos dañados a una Compañía de Gestión de Activos (AMC) externa.
10. Se establece un calendario para la recapitalización y reestructuración de bancos.- Julio 2012. Primera fase provista con 30.000 millones de euros del EFSF. Para su utilización depende de las decisiones de la Comisión Europea a petición razonada y cuantificada del Banco de España, para ser aprobada por la CE, el Grupo de Trabajo Europeo (EWG) junto con el BCE.
- Consultoras externas realizarán un stress-test a cada banco que se completará en la segunda mitad de septiembre de 2012.
- Los stress-test y planes de recapitalización clasificarán los bancos en los siguientes grupos: Grupo 0 con los bancos que no requieren acciones.
Grupo 1 con los bancos en manos del FROB (BFA/Bankia, Catalunya Caixa, NCG Banco y Banco de Valencia).
Grupo 2 con los bancos con déficits identificados pero incapaces de conseguir capital por sí mismos sin recurrir a ayudas estatales.
Grupo 3 con bancos con déficits identificados pero con un plan creíble de recapitalización que les permita conseguir el capital requerido sin ayuda estatal.
La distribución de los bancos en los grupos 0, 2 y 3 se realizará en octubre.
- En octubre los bancos de los grupos 1,2 y 3 presentarán planes de recapitalización.
- Las autoridades españolas (AE) y la EC establecerán la viabilidad de los bancos. Los que no resulten viables serán liquidados.
- Para los bancos del grupo 1 desde julio de 2012 las AE con la EC comenzarán a preparar planes de reestructuración o liquidación. Se finalizarán a la luz de los stress-test y se presentarán para permitir a la EC que los apruebe en noviembre de 2012. Las ayudas estatales y los planes pueden ser implementados inmediatamente. Los activos dañados se trasladarán a la AMC a final de año.
- Para el grupo 2 los planes se presentarán a la EC en octubre 2012 y la aprobación en diciembre 2012. Preverán los pasos para segregar los activos dañados a la AMC.
- Para los grupos 1 y 2 no se proveerá ayuda hasta que se apruebe por la EC un plan final de reestructuración o liquidación, salvo el uso que se haya hecho de fondos en la primera fase.
- Los bancos del grupo 3 harán sus planes hasta el 30 de junio de 2013.
11. Las AE completarán una valoración del valor económico de los activos.
12. La revisió de la calidad de los activos constituirá la base para los stress-test banco a banco para ser realizada por consulturas externas.
13. Se constituirá un comité de coordinación estratégica (SCC), formado por AE, CE, BCE, BEA, FMI y un comité experto de coordinación (ECC) formado por empresas independientes que vigilarán todo el trabajo.Recapitalización, reestructuración y/o liquidación.
14. La aproximación a la reestructuración y liquidación de un banco se basa en el principio de la viabilidad. El plan de reestructuración de bancos que requieran fondos públicos tiene que demostrar que la viabilidad a largo plazo puede ser asegurada sin ayuda estatal.
15. Los planes de reestructuración de bancos viables que requieran apoyo público detallará las acciones para minimizar el coste de los contribuyentes, por lo que los bancos aportarán sus propios recursos tanto como sea posible. Los bancos como sus accionistas tendrán que asumir pérdidas antes de que se garanticen ayudas estatales. Para los bancos no viables que necesiten fondos públicos, las AE enviarán un plan de liquidación, para garantizar la estabilidad finaciera, en particular protegiendo los depósitos de los clientes.
16. Las AE propondrán planes para el grupo 1 de modo que la CE los pueda aprobar en noviembre 2012, y los del grupo 2 en diciembre.
Compartir cargas.
17. Para minimizar costes a los contribuyentes, después de adjudicar pérdidas a los accionistas, las AE asegurarán que también compartan cargas los tenedores de capital híbrido o subordinado de manera voluntaria u obligatoria. Esto será controlado por el Banco de España (BE) y el BCE.
18. Las AE adoptarán medidas legislativas a final de agosto de 2012 para que aquellas cargas se compartan cuando no se haya aceptado de manera voluntaria. Al final de julio de 2012 las AE tendrán que haber identificado los pasos legales necesarios para ello.
19.
20. Al final de agosto 2012 las AE, consultando con la CE, el BCE y el FMI, modificarán el marco de actuación para conferir mayor poder al FROB, en especial herramientas para liquidar bancos como la venta de negoicos y bancos puente, incluyendo una clarificación sobre las responsabilidades financieras de los Fondos de Depósito Garantizados (FDG).
- Segregación de activos dañados: AMC.
21. En particular los activos relacionados con el desarrollo inmobiliario se transferirán con el valor real (a largo plazo) de su valor económico, el cual será establecido en el proceso de revisión de activos. Las pérdidas se cristalizarán en los bancos en el momento de la separación. Las AE, en consulta con la CE, el BCE y el FMI, preparará un marco legislativo para realizar esta separación al final de agosto 2012, que tendrá que adoptarse en otoño para que la AMC esté completamente operativa en noviembre de 2012.
22. La AMC venderá los activos al precio real y tendrá la posibilidad de mantenerlos por un tiempo. Los bancos recibirán una pequeña participación equitativa en la AMC.
- V. Asegurar un marco para el sector bancario:
Condicionalidad horizontal
23. Las AE tomarán medidas en las siguientes áreas:
- Las instituciones de crédito serán requeridas para que, desde diciembre de 2012 hasta al menos final de 2014, mantengan un ratio de solvencia de al menos el 9%.
- Desde el 1.01.2013 las instituciones de crédito serán requeridas para
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- La situación de liquidez de los bancos españoles será contínuamente controlada de cerca, para ello los que requieran ayudas estatales informarán al BE de su situación y éste a la CE, el BCE y el FMI, según los datos del Anexo I.
- Las AE prepararán para final de noviembre de 2012 legislación para clarificar el papel de las antiguas cajas de ahorros en el sentido de quitarles todo poder de control.
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24. Reforzamiento del marco supervisor. Las AE adoptarán medidas en:
- En diciembre de 2012 las AE transferirán el poder de sancionar o dar licencias bancarias del Ministro de Economía al BE.
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25. En febrero de 2013 las AE adoptarán medidas de protección de clientes especialmente para evitar que los bancos puedan vender deudas subordinadas a clientes no cualificados, lo que incluye incrementar la transparencia de dichos instrumentos y sus riesgos consecuentes.
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28. Las AE asegurarán que desde el 01.01.2013 no habrá más banqueros en el gobierno del FROB para evitar conflictos de intereses.
- VI. Finanzas públicas, desequilibrios macroeconómicos y reforma del sistema financiero.
29. Los desequilibrios macroeconómicos se vigilarán en el marco del semestre europeo de manera regular.
30. Las AE deberán corregir el presente déficit en 2014. Al final de julio presentarán un plan presupuestario anual para 2013-14 para corregirlo. Se requiere a España para que establezca una institución fiscal independiente que provea análisis, valoraciones y controle la política fiscal.
31. En particular se requiere a España para que:
1) Introduzca un sistema de impuestos consistente con el esfuerzo de consolidación fiscal y con un mayor apoyo al crecimiento.
2) asegurar menos ayudas fiscales a la propiedad de viviendas.
3) implementar la reforma laboral.
4) adoptar nuevas medidas para incrementar la efectividad del mercado laboral.
5) adoptar medidas adicionales para abrir los servicios profesionales, reducir retrasos para obtener licencias para las empresas y eliminar barreras para la actividad empresarial.
6) completar la interconexión de gas y electricidad con sus países vecinos y corregir el déficit tarifario eléctrico en un sentido global.
- VII. Modalidad del programa.
32. España requiere al EFSF un crédito de hasta 100 mil millones de €, en un programa de 18 meses de duración. El FROB, que actuará como agente del gobierno de España, canalizará los fondos hacia las instituciones concernidas.
- VIII. Control del programa.
33. La CE, junto con el BCE, el BEA verificará que se cumplen las condiciones relativas a la asistencia financiera, con la ayuda de las AE, las cuales pedirán ayuda técnica al FMI.
34. Las AE facilitarán a la CE, BCE, BEA y FMI, bajo condiciones de estricta confidencialidad, las necesidades de datos (lista provisional en Anexo I) para el control del sector bancario así como de bancos específicos por su naturaleza sistémica o condición.
35. Los bancos que reciban ayudas estatales y las AE informarán a la CE de la implementación de su plan de reestructuración.
36. La CE junto con el BCE, la BEA tendrán garantizado el derecho de realizar inspecciones in situ de cualquier institución financiera beneficiaria para el control correspondiente.
37. En pararelo, el Consejo europeo podrá revisar la política económica implementada por España bajo el procedimiento del desequilibrio macroeconómico así como bajo el procedimiento de déficit excesivo.
- Anexo I: Requerimientos de datos.
- Anexo II: Condicionalidad.
Xavier Vidal Folch: Por qué es una intervención. El País 12.07.2012.